{"componentChunkName":"component---src-templates-post-js","path":"/aprueban-congresos-locales-tipificacion-de-crimenes-de-odio-en-zacatecas-y-tlaxcala/","result":{"data":{"ghostPost":{"id":"Ghost__Post__61280bc6f3a01a001ef23489","title":"Aprueban Congresos locales tipificación de crímenes de odio en Zacatecas y Tlaxcala 🏳️‍🌈🏳️‍⚧️","slug":"aprueban-congresos-locales-tipificacion-de-crimenes-de-odio-en-zacatecas-y-tlaxcala","featured":false,"feature_image":"https://s3.amazonaws.com/fdc-blog/2021/08/img_0915_jimage.jpg","excerpt":"Las dos entidades buscan proteger a las personas en situación de vulnerabilidad 🏳️‍🌈🏳️‍⚧️","custom_excerpt":"Las dos entidades buscan proteger a las personas en situación de vulnerabilidad 🏳️‍🌈🏳️‍⚧️","created_at_pretty":"26 August, 2021","published_at_pretty":"27 August, 2021","updated_at_pretty":"27 August, 2021","created_at":"2021-08-26T16:46:46.000-05:00","published_at":"2021-08-26T19:10:00.000-05:00","updated_at":"2021-08-26T19:10:00.000-05:00","meta_title":null,"meta_description":null,"og_description":null,"og_image":null,"og_title":null,"twitter_description":null,"twitter_image":null,"twitter_title":null,"authors":[{"name":"Fuera del Clóset A. C.","slug":"fdc","bio":null,"profile_image":"https://s3.amazonaws.com/fdc-blog/2021/05/preferente-positivo.png","twitter":null,"facebook":null,"website":null}],"primary_author":{"name":"Fuera del Clóset A. C.","slug":"fdc","bio":null,"profile_image":"https://s3.amazonaws.com/fdc-blog/2021/05/preferente-positivo.png","twitter":null,"facebook":null,"website":null},"primary_tag":null,"tags":[],"plaintext":"Con las reformas aprobadas al Código Penal y Código Civil del Estado de Tlaxcala\ny del Estado de Zacatecas, la diputación de ambas entidades logró tipificar los\ncrímenes de odio, permitiendo fortalecer el marco jurídico de protección a las\nvíctimas de estos delitos.\n\nLa legislatura de Tlaxcala agregó la fracción XI al artículo 239 del Código\nPenal, para establecer que existe odio cuando: “el sujeto activo lo comete por\nprejuicio, por uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional,\nel color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las\ndiscapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la\nreligión, la apariencia física, las características genéticas, la situación\nmigratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la\nidentidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las\nresponsabilidades familiares, el idioma o los antecedentes penales de la\nvíctima”.\n\nFotografía: Zacatecas onlineMientras que, de acuerdo con la iniciativa\npresentada por la diputada de Zacatecas, Navidad Rayas Ochoa, que fue avalada\npor sus compañeros, se realizan reformas y adiciones al artículo 301 del Código\nPenal de la entidad, que contiene las reglas para que los tipos penales de\nhomicidio y lesiones sean considerados delitos calificados, en caso de odio por\nla condición de la persona.\n\nSe considera así cuando el sujeto activo lo comete por la condición social o\neconómica; vinculación, pertenencia o relación con un grupo social definido;\norigen étnico o social; la nacionalidad o lugar de origen.\n\nTambién se considera cuando se actúa por el color o cualquier otra\ncaracterística genética; sexo; lengua; género; religión; edad; opiniones;\ndiscapacidad; condiciones de salud; apariencia física; orientación sexual;\nidentidad de género; estado civil; ocupación o actividad de la víctima.\n\nLa aprobación de esta iniciativa presentada desde septiembre de 2019 impacta\ndirectamente en los artículos 289 y 299 del Código Penal de la entidad,\naumentando de una a 2 terceras partes del mínimo y máximo de la sanción.\n\nA su vez, a quien prive de la vida a una persona por motivaciones de odio, se le\npodrán imponer de 20 a 40 años de prisión.\n\nFuente: e-tlaxcala, Zacatecas online","html":"<p>Con las reformas aprobadas al Código Penal y Código Civil del Estado de Tlaxcala y del Estado de Zacatecas, la diputación de ambas entidades logró tipificar los crímenes de odio, permitiendo fortalecer el marco jurídico de protección a las víctimas de estos delitos.</p><p>La legislatura de Tlaxcala agregó la fracción XI al artículo 239 del Código Penal, para establecer que existe odio cuando: “el sujeto activo lo comete por prejuicio, por uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma o los antecedentes penales de la víctima”.</p><figure class=\"kg-card kg-image-card kg-card-hascaption\"><img src=\"https://s3.amazonaws.com/fdc-blog/2021/08/image-79.png\" class=\"kg-image\"><figcaption>Fotografía: Zacatecas online</figcaption></figure><p>Mientras que, de acuerdo con la iniciativa presentada por la diputada de Zacatecas, Navidad Rayas Ochoa, que fue avalada por sus compañeros, se realizan reformas y adiciones al artículo 301 del Código Penal de la entidad, que contiene las reglas para que los tipos penales de homicidio y lesiones sean considerados delitos calificados, en caso de odio por la condición de la persona.</p><p>Se considera así cuando el sujeto activo lo comete por la condición social o económica; vinculación, pertenencia o relación con un grupo social definido; origen étnico o social; la nacionalidad o lugar de origen.</p><p>También se considera cuando se actúa por el color o cualquier otra característica genética; sexo; lengua; género; religión; edad; opiniones; discapacidad; condiciones de salud; apariencia física; orientación sexual; identidad de género; estado civil; ocupación o actividad de la víctima.</p><p>La aprobación de esta iniciativa presentada desde septiembre de 2019 impacta directamente en los artículos 289 y 299 del Código Penal de la entidad, aumentando de una a 2 terceras partes del mínimo y máximo de la sanción.</p><p>A su vez, a quien prive de la vida a una persona por motivaciones de odio, se le podrán imponer de 20 a 40 años de prisión.</p><p>Fuente: e-tlaxcala, Zacatecas online</p>","url":"https://fdc-blog.herokuapp.com/aprueban-congresos-locales-tipificacion-de-crimenes-de-odio-en-zacatecas-y-tlaxcala/","canonical_url":null,"uuid":"373d9ae1-4ffa-42fe-8af6-7171328d180b","page":false,"codeinjection_foot":null,"codeinjection_head":null,"codeinjection_styles":null,"comment_id":"61280bc6f3a01a001ef23489","reading_time":null}},"pageContext":{"slug":"aprueban-congresos-locales-tipificacion-de-crimenes-de-odio-en-zacatecas-y-tlaxcala"}},"staticQueryHashes":["2358152166","2561578252","2731221146","2768936739","4145280475"]}